jueves, 5 de agosto de 2010

nivel primario




La Educación Primaria constituye el segundo
nivel de la Educación Básica Regular y dura seis
años. Al igual que los otros niveles, su fi nalidad
es educar integralmente a los niños.
Promueve la comunicación en todas las áreas, el
manejo operacional del conocimiento, el desarrollo
personal, espiritual, físico, afectivo, social, cultural,
vocacional y artístico; el pensamiento lógico, la
creatividad, el desarrollo de capacidades y actitudes
necesarias para el despliegue de potencialidades
del estudiante, así como la comprensión de hechos
cercanos a su ambiente natural y social.

Objetivos de la educacion basica regular



a) Formar integralmente al educando en
los aspectos físico, afectivo y cognitivo
para el logro de su identidad personal y
social, ejercer la ciudadanía y desarrollar
actividades laborales y económicas
que le permitan organizar su proyecto de
vida y contribuir al desarrollo del país.

b) Desarrollar capacidades, valores y actitudes
que permitan al educando aprender
a lo largo de toda su vida.

c) Desarrollar aprendizajes en los campos
de las ciencias, las humanidades, la técnica,
la cultura, el arte, la educación física
y los deportes, así como aquellos que
permitan al educando un buen uso y
usufructo de las nuevas tecnologías.

desarrollo de la capacidad productiva,inovadora y emprendedora.



Desarrollo de la capacidad productiva, innovadora y emprendedora,
como parte de la construcción del proyecto de vida de todo
ciudadano.
Implica desarrollar en el estudiante, desde la primera infancia y durante
toda su trayectoria escolar, su capacidad y actitud proactiva y creadora
para desempeñarse como agente productivo, innovador y emprendedor de
iniciativas y soluciones individuales y colectivas.
La institución educativa, en el marco de la gestación de una cultura productiva,
innovadora y emprendedora, ofrece las oportunidades y condiciones
necesarias para que el estudiante aprenda a decidir y asumir retos. Esto
contribuye a la construcción de su proyecto de vida, posibilitándole la
capacidad de discernir entre las opciones laborales existentes aquellas
que le permitan insertarse en la cadena productiva de bienes y servicios,
consciente de canalizar sus aspiraciones de realización personal.
Este propósito contribuye a desarrollar capacidades técnico productivas
y actitudes emprendedoras, para responder a los retos que demandan el
desarrollo local, el regional y el nacional, enmarcados en el proceso de
globalización.

Desarrollo corporal y conservacion de la salud fisica y mental

Implica el desarrollo de actitudes positivas en el estudiante, mediante
la práctica sistemática de hábitos y actividades que favorezcan un
desarrollo integral saludable (físico, mental y socioemocional), que
propicie el descubrimiento y manejo de todo su cuerpo y el gradual
perfeccionamiento de su psicomotricidad.
La institución educativa promueve el desarrollo de capacidades,
conocimientos y actitudes necesarias para formar hábitos saludables
que favorezcan el desarrollo óptimo del organismo y fomenten la
práctica placentera de los juegos y deportes, como medio para la
conservación de la salud y el disfrute.
Este propósito contribuye a la comprensión, por parte del estudiante,
del funcionamiento de su organismo y las posibilidades de su propio
cuerpo, para descubrir y disfrutar de todas

Ley de educacion N°28044

“PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL AL 2021: LA EDUCACIÓN QUE QUEREMOS
PARA EL PERÚ”


RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 001-2007-ED
Lima, 6 de enero de 2007

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 80° de la Ley N° 28044 Ley General de Educación, el Consejo Nacional de Educación es un órgano
especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación. Tiene como finalidad participar en la formulación, concertación seguimiento y
evaluación, entre otros, del Proyecto Educativo Nacional;

Que, en cumplimiento de lo señalado en el considerando anterior, el Consejo Nacional de Educación ha elaborado el "Proyecto Educativo
Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú" que ha sido aprobado por el Foro del Acuerdo Nacional considerándolo como el
desarrollo de la política 12 del Acuerdo Nacional: Acceso universal a una educación pública gratuita y de calidad y promoción y defensa de la
cultura y el deporte;

Que, de conformidad con el artículo 79° y el inciso b) del artículo 80° de la Ley N° 28044 Ley General de Educación, el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado y formula, aprueba, ejecuta y evalúa el Proyecto Educativo Nacional;

Que, el referido Proyecto Educativo Nacional es el producto de un trabajo participativo de elaboración y consulta en las diferentes regiones de
nuestro país y de coordinación con el Ministerio de Educación, el cual es necesario aprobar;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560, el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510 y el Decreto
Supremo N° 006-2006-ED;

SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el "Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú", elaborado por el Consejo Nacional
de Educación, expresado en los objetivos estratégicos del mismo y que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El Ministerio de Educación dictará las normas y disposiciones complementarias específicas, en lo que le corresponda y que resulten
necesarias para la mejor aplicación y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, aprobado precedentemente.

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

Educacion Inclusiva


Educación Inclusiva como Visión - Modelos De Buenas Prácticas Educativas

La Educación Inclusiva (xxvii) parte de reconocer que se debe promover la educación especial y las políticas y legislación para ello deben estar ancladas en el ideal de la educación para todos; en la equidad, como elemento de justicia social y en las oportunidades para todos los niños/as, especialmente para aquellos que han sido consistentemente excluidos, en el caso de este documento se hace énfasis en aquellos con discapacidad.

Calidad de la educación: El debate sobre el mejoramiento de la educación es común a todos los países del mundo. Sin embargo hay que reconocer que no siempre se refieren a lo mismo, su forma de medirlo no es siempre coincidente y por consiguiente los recursos invertidos, las estrategias, programas y proyectos difieren sustancialmente de un país a otro.

Desde el mejoramiento de la educación en LAC se hace referencia a temas variados, aquí haremos referencia a tres:

• Cobertura: donde se incluyen conceptos no solo de ingreso sino de accesibilidad, repitencia y deserción escolar
• Medición del mejoramiento de la educación: existen pruebas censales primordialmente a nivel de los procesos lecto escritos y matemáticos de los estudiantes, a nivel local y regional, que permiten comparar los resultados en diversas latitudes. Simultáneamente en los últimos años se viene midiendo en algunos países las competencias de los docentes. Pero es indudable que al no encontrarse los conceptos, filosofía y principios de la educación inclusiva, incorporados en las reformas educativas de los países, los instrumentos de medición dejan por fuera a los estudiantes con discapacidad
• Reformas Educativas: la mayoría de los países continuamente generan reformas educativas y en la mayoría de los casos estas no incorporan la idea de una educación inclusiva como respuesta de calidad para todos los estudiantes
Educación Inclusiva y Calidad de la Educación deben ser vistas como temas complementarios, existe una visión de que los elementos de una educación inclusiva son parte fundamental de la calidad de la educación.

Diversos grupos identifican los siguientes aspectos como cruciales en la búsqueda de lograr una educación inclusiva de calidad: (xxviii), (xxix), (xxx), (xxxi)

1. Derechos humanos universales. La educación es un derecho.
2. Política Pública y la legislación. Políticas de educación inclusiva y presupuestos soportados por legislación, estándares, lineamientos y reglamentaciones efectivos a nivel local.
Aun cuando se reconoce que las políticas y las leyes por si solas no generan mejores prácticas educativas, es indudable que su definición, estructuración y reglamentación son un elemento crucial en el establecimiento de buenas prácticas educativas. Es a través de ellas que se identifican discrepancias entre las políticas y las prácticas y son ellas las que proveen herramientas a quienes quieren implementar el cambio. Como elementos claves de una legislación apropiada se han identificado: claridad en la política pública; marco coherente para la provisión del servicio; identificación y organización de recursos y garantía de los derechos de los consumidores; legislación ajustada a conceptos de discapacidad y educación especial actualizados; desarrollo ajustado a las posibilidades actuales del país y oferta de las garantías para el cumplimiento de la ley.